Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Articulo 87

ARTICULO 87.- Cuando los titulares de permisos generales pretendan modificar cualquiera de las condiciones señaladas en los mismos, por ubicación, técnica de trabajo, cambio de razón social u otro motivo que no afecte la clase de producción permitida, están obligados a solicitar de la Secretaría la autorización correspondiente.

Cuando suspendan o terminen sus actividades, deberán dar en un término de 15 días, el aviso respectivo.