Artículo 22.- La demanda de concurso mercantil deberá ser presentada en los formatos que al efecto dé a conocer el Instituto, pero en cualquier caso deberá ser firmada por quien la promueva y contener:
I. El nombre del tribunal ante el cual se promueva;
II. El nombre completo y domicilio del demandante;
III. El nombre, denominación o razón social y el Domicilio del Comerciante demandado incluyendo, cuando se conozcan, el de sus diversas oficinas, plantas fabriles, almacenes o bodegas;
IV. Los hechos que motiven la petición, narrándolos brevemente con claridad y precisión;
V. Los fundamentos de derecho, y
(REFORMADA, D.O.F. 10 DE ENERO DE 2014)
VI. La solicitud de que se declare al Comerciante en concurso mercantil, o en su caso, en concurso mercantil en etapa de quiebra de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de esta Ley.
Structure Ley de Concursos Mercantiles