Capítulo IV
Artículo 29.- Al día siguiente de que el juez admita...
Artículo 30.- Al día siguiente de aquel en que se...
Artículo 31.- El auto en que se ordene la práctica...
Artículo 32.- El visitador deberá presentarse en el Domicilio del...
Artículo 33.- Si al presentarse el visitador en el lugar...
Artículo 34.- El visitador deberá acreditar su nombramiento con la...
Artículo 35.- El Comerciante y su personal estarán obligados a...
Artículo 36.- Al término de la visita el visitador levantará...
Artículo 37.- Además de las providencias precautorias a que hace...
Artículo 38.- Las providencias precautorias subsistirán hasta que el juez...
Artículo 39.- Las manifestaciones del Comerciante relativas a la existencia...
Artículo 40.- El visitador, con base en la información que...