TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO
Artículo 278.- Las disposiciones de este Título serán aplicables a...
Artículo 279.- Para los fines de este Título: I. Por...
Artículo 280.- Las disposiciones de este Título se aplicarán cuando...
Artículo 281.- Las funciones a las que se refiere este...
Artículo 282.- El visitador, el conciliador o el síndico, estarán...
Artículo 283.- Nada de lo dispuesto en este Título podrá...
Artículo 284.- Nada de lo dispuesto en este Título limitará...
Artículo 285.- En la interpretación de las disposiciones de este...
Artículo 286.- Sujeto a las disposiciones de esta Ley, todo...
Artículo 287.- El solo hecho de la presentación de una...
Artículo 288.- Todo Representante Extranjero estará facultado para solicitar la...
Artículo 289.- A partir del reconocimiento de un Procedimiento Extranjero,...
Artículo 290.- Salvo lo dispuesto en el segundo párrafo, los...
Artículo 291.- Siempre que con arreglo a esta Ley se...
Artículo 292.- El Representante Extranjero podrá solicitar ante el juez...
Artículo 293.- Cuando se solicite el reconocimiento de un procedimiento...
Artículo 294.- Si el Comerciante no tiene un Establecimiento en...
Artículo 295.- Si la resolución o el certificado de los...
Artículo 296.- Salvo lo dispuesto en el artículo 281 de...
Artículo 297.- A partir del momento en que se presente...
Artículo 298.- Desde la presentación de una solicitud de reconocimiento...
Artículo 299.- A partir del reconocimiento de un Procedimiento Extranjero...
Artículo 300.- Desde el reconocimiento de un Procedimiento Extranjero, de...
Artículo 301.- Al conceder o denegar una medida en los...
Artículo 302.- A partir del reconocimiento de un Procedimiento Extranjero,...
Artículo 303.- Desde el reconocimiento de un Procedimiento Extranjero, el...
Artículo 304.- En los asuntos indicados en el artículo 278...
Artículo 305.- La cooperación de la que se trata en...
Artículo 306.- Los efectos del reconocimiento de un Procedimiento Extranjero...
Artículo 307.- Cuando se estén tramitando simultáneamente y respecto de...
Artículo 308.- En los casos contemplados en el anterior artículo...
Artículo 309.- Salvo prueba en contrario, el reconocimiento de un...
Artículo 310.- Sin perjuicio de los derechos de los titulares...