Artículo 382. Prohibición de lectura e incorporación al juicio de registros de la investigación y documentos
No se podrán incorporar o invocar como medios de prueba ni dar lectura durante el debate, a los registros y demás documentos que den cuenta de actuaciones realizadas por la Policía ministerial militar o el Ministerio Público en la investigación, con excepción de los supuestos expresamente previstos en este Código.
No se podrán incorporar como medio de prueba o dar lectura a actas o documentos que den cuenta de actuaciones declaradas nulas o en cuya obtención se hayan vulnerado derechos fundamentales.
Structure Código Militar de Procedimientos Penales