Artículo 263. Inspección
La inspección es un acto de investigación sobre el estado que guardan lugares, objetos, instrumentos o productos del delito.
Será materia de la inspección todo aquello que pueda ser directamente apreciado por los sentidos. Si se considera necesario, la Policía se hará asistir de peritos.
Al practicarse una inspección podrá entrevistarse a quienes se encuentren presentes en el lugar de la inspección que puedan proporcionar algún dato útil para el esclarecimiento de los hechos. Toda inspección deberá constar en un registro.
Structure Código Militar de Procedimientos Penales