ARTÍCULO 33.
Mecanismos de deliberación en la sesión de Cómputo Distrital.
1. Instalada la sesión, se pondrá a consideración del Consejo Distrital el contenido del orden del día.
2. Como primer punto del orden del día el Presidente informará de los Acuerdos tomados en la reunión de trabajo del día anterior, con base en el acta referida en el artículo 30, párrafo 9 del presente Reglamento; acto seguido consultará a los Representantes si desean ejercer el derecho que les concede el artículo 311, párrafo 2 del de la Ley Electoral, en caso de que se actualice el supuesto previsto por la referida disposición legal.
3. En la sesión de Cómputo Distrital, para la discusión de los asuntos en general de su desarrollo, serán aplicables las reglas de participación previstas por el artículo 18 del presente Reglamento.
4. En el caso del debate sobre el contenido específico del acta de escrutinio y cómputo de casilla se sujetará a las reglas siguientes:
a) Se abrirá una primera ronda de intervenciones de tres minutos para exponer su argumentación, correspondiente al asunto respectivo;
b) Después de haber intervenido todos los oradores que hubiesen solicitado la palabra, en su caso se abrirá una segunda ronda de intervenciones de dos minutos para réplicas y posteriormente se procederá a votar.
5. En el caso de la validez o nulidad de los votos reservados para ser dirimidos en el pleno del Consejo Distrital, se sujetará a las siguientes reglas:
a) Se abrirá una primera ronda de intervenciones de dos minutos por cada boleta reservada para exponer su argumentación;
b) Después de haber intervenido todos los oradores que hubiesen solicitado la palabra, en su caso, se abrirá una segunda ronda de intervenciones de hasta por un minuto para réplicas; y
c) Una vez que concluya la segunda ronda, el Presidente solicitará se proceda a tomar la votación correspondiente.
6. Durante el desarrollo de la sesión de cómputos, a efecto de salvaguardar los derechos de todos los integrantes del Consejo y para garantizar el adecuado curso de las deliberaciones, el Presidente cuidará que los oradores practiquen la moderación en el ejercicio de su derecho al uso de la palabra.
Structure Reglamento de Sesiones de los Consejos Locales y Distritales del Instituto Nacional Electoral