Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa
Artículo 1

Artículo 1.- El presente ordenamiento es de orden público e interés social y tiene por objeto reglamentar el oportuno y estricto cumplimiento de las disposiciones en materia de infraestructura física educativa al servicio del sistema educativo nacional contenidas en la Ley General de la Infraestructura Física Educativa.