Artículo 60.- La solicitud para el procedimiento de calificación de semillas deberá presentarse ante el SNICS o ante un organismo de certificación, la cual deberá contener:
I. Nombre y domicilio del solicitante;
II. Ubicación del predio, superficie en hectáreas, cultivo y variedad;
III. En su caso, número de inscripción en el Directorio;
IV. Categoría de semilla a sembrar;
V. Categoría de semilla a obtener, y
VI. Número de inscripción de la variedad vegetal en el Catálogo Nacional de Variedades Vegetales.
A la solicitud que se refiere el párrafo anterior, se deberá acompañar el comprobante del pago conforme a la normatividad correspondiente, por la superficie a inscribir, así como los documentos para comprobar el origen genético de la semilla.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas