Artículo 119.- En los casos que mediante resolución se determine la imposición del decomiso de los instrumentos, semillas o productos relacionados directamente con la comisión de infracción, el destino de los bienes podrá ser:
a) La donación de los bienes, a dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal y a instituciones públicas, de beneficencia o de seguridad social, cuando no se afecte el interés público, o
b) La destrucción de los mismos.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas