Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar las...
Artículo 2.- Para los efectos del presente Reglamento, además de...
Artículo 3.- La Secretaría se coordinará con las demás dependencias...
Artículo 4.- El SNICS integrará y mantendrá actualizado el Directorio...
Artículo 5.- La inscripción al Directorio tiene efectos declarativos, se...
Artículo 6.- Para inscribirse al Directorio, el solicitante deberá presentar...
Artículo 7.- Si la solicitud presentada por el interesado resulta...
Artículo 8.- Una vez asignado el folio de inscripción, la...
Artículo 9.- La inscripción al Directorio es de carácter nacional...
Artículo 10.- El Directorio será público y estará integrado con...
Artículo 11.- La inscripción al Directorio, se cancelará cuando la...
Artículo 12.- La actualización del Directorio, podrá realizarse de oficio...
Artículo 13.- El SNICS difundirá el Directorio en forma anual,...
Artículo 14.- Las promociones y procedimientos se sujetarán, en lo...
Artículo 15.- Las solicitudes deberán presentarse conforme al formato que...
Artículo 16.- Los plazos para la atención de las solicitudes...
Artículo 17.- En caso de que la solicitud presente errores...
Artículo 18.- El Sistema, además de las funciones previstas en...
Artículo 19.- Por cada miembro propietario del Sistema se podrá...
Artículo 20.- El Sistema recomendará las acciones a realizar a...
Artículo 21.- El SNICS se coordinará con las áreas de...
Artículo 22.- Las Reglas de Operación del Fondo de Apoyos...
Artículo 23.- El Fondo de Apoyos e Incentivos al Sistema...
Artículo 24.- El Sistema de Información se establecerá con base...
Artículo 25.- La operación del Sistema de Información quedará a...
Artículo 26.- El Sistema de Información se integrará al menos,...
Artículo 27.- El Sistema de Información pondrá a disposición pública...
Artículo 28.- La Secretaría para la implementación de las políticas...
Artículo 29.- Para la ejecución del Programa Nacional de Semillas...
Artículo 30.- Para la implementación de las políticas en materia...
Artículo 31.- Para determinar las prioridades que deberán ser establecidas...
Artículo 32.- La Secretaría, en coordinación con las dependencias y...
Artículo 33.- Para solicitar la inscripción de una variedad vegetal...
Artículo 34.- El solicitante deberá anexar a la solicitud correspondiente...
Artículo 35.- La variedad vegetal deberá poseer una denominación que...
Artículo 36.- En caso de que la información presentada por...
Artículo 37.- En caso de que el SNICS no disponga...
Artículo 38.- En caso de tratarse de la inscripción de...
Artículo 39.- El SNICS para comprobar el cumplimiento de la...
Artículo 40.- El SNICS, durante el proceso de inscripción, podrá...
Artículo 41.- El SNICS para verificar que la variedad vegetal...
Artículo 42.- No se considerarán como criterios de distinción entre...
Artículo 43.- Una vez otorgada la inscripción, en los términos...
Artículo 44.- El solicitante deberá, en su caso, proporcionar al...
Artículo 45.- El SNICS integrará, actualizará y publicará, a través...
Artículo 46.- La inscripción al Catálogo Nacional de Variedades Vegetales...
Artículo 47.- El interesado podrá pedir la cancelación de la...
Artículo 48.- Para inscribirse al Catálogo de Mantenedores, además de...
Artículo 49.- Además de lo establecido en el artículo anterior,...
Artículo 50.- En caso de que la información presentada no...
Artículo 51.- Las personas físicas o morales que solicitaron la...
Artículo 52.- La aprobación de Mantenedor tendrá una vigencia de...
Artículo 53.- El SNICS, para comprobar que el solicitante cumple...
Artículo 54.- Una vez que el solicitante haya cumplido con...
Artículo 55.- El SNICS supervisará en cualquier tiempo y lugar...
Artículo 56.- El Mantenedor tendrá las siguientes obligaciones: I. Permitir...
Artículo 57.- La condición de Mantenedor de variedades vegetales se...
Artículo 58.- El procedimiento de calificación incluye la emisión de...
Artículo 60.- La solicitud para el procedimiento de calificación de...
Artículo 61.- Para comprobar el origen genético de la semilla...
Artículo 62.- La solicitud para el procedimiento de calificación de...
Artículo 63.- Para el procedimiento de calificación de semillas, el...
Artículo 64.- Para evaluar la calidad física de la semilla,...
Artículo 65.- Para evaluar la calidad fisiológica de la semilla,...
Artículo 66.- Para evaluar la calidad fitosanitaria de la semilla,...
Artículo 67.- Para evaluar la calidad genética de la semilla,...
Artículo 68.- La supervisión en campo tiene como objeto verificar...
Artículo 69.- En el procedimiento de calificación de semillas, el...
Artículo 70.- Por cada supervisión que se realice se deberá...
Artículo 71.- Una vez integrada la unidad de calificación, se...
Artículo 72.- Una vez evaluados los factores y niveles de...
Artículo 73.- Durante el procedimiento de calificación de semillas, procederá...
Artículo 74.- Si la semilla sujeta a calificación y producida...
Artículo 75.- La semilla Categoría Habilitada también se podrá obtener...
Artículo 76.- Los parámetros de evaluación de la calidad de...
Artículo 77.- En el caso de semillas habilitadas en términos...
Artículo 78.- Para que el SNICS otorgue la conservación de...
Artículo 79.- El SNICS aprobará a personas morales para operar...
Artículo 80.- El SNICS deberá realizar las evaluaciones técnicas de...
Artículo 81.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo...
Artículo 82.- Además de las obligaciones establecidas en el artículo...
Artículo 83.- El SNICS contará con un periodo de diez...
Artículo 84.- Para comercializar cualquier semilla, deberá ostentar en su...
Artículo 85.- Los productores de semillas están obligados a conservar,...
Artículo 86.- En el caso de semillas importadas se deberá...
Artículo 87.- Tratándose de la comercialización de semillas provenientes de...
Artículo 88.- Tratándose de la comercialización de Semilla Categoría Declarada,...
Artículo 89.- El certificado de origen para la exportación se...
Artículo 90.- El interesado deberá presentar ante el SNICS o...
Artículo 91.- Además de la solicitud a que se refiere...
Artículo 92.- Para la emisión del certificado de exportación el...
Artículo 93.- El certificado de origen para la exportación de...
Artículo 94.- El personal técnico del SNICS o del organismo...
Artículo 95.- De los resultados obtenidos sobre la calidad de...
Artículo 96.- Los Comités Consultivos Regionales o Estatales de Semillas...
Artículo 97.- El Comité Consultivo Estatal de Semillas se integrará...
Artículo 98.- Se podrán crear Comités Consultivos Regionales de conformidad...
Artículo 99.- El Comité Consultivo Regional podrá desintegrarse, previo acuerdo...
Artículo 100.- El número de sesiones del Comité Consultivo Regional...
Artículo 101.- La Secretaría Técnica estará a cargo de la...
Artículo 102.- Para auxiliarse en sus funciones, así como para...
Artículo 103.- Los miembros del Comité Consultivo Regional o Estatal...
Artículo 104.- El Comité Consultivo Regional o Estatal de Semillas,...
Artículo 105.- El SNICS realizará los actos de inspección y...
Artículo 106.- Toda persona relacionada con actividades de producción, reproducción,...
Artículo 107.- Para practicar la visita de verificación, el personal...
Artículo 108.- El SNICS podrá solicitar el auxilio de la...
Artículo 109.- En toda visita de verificación se harán constar...
Artículo 110.- La persona con quien se entendió la diligencia,...
Artículo 111.- Concluida la inspección, se procederá a firmar el...
Artículo 112.- Si la persona con quien se entendió la...
Artículo 113.- En cuanto a requisitos y formalidades en las...
Artículo 114.- Si del resultado del acta circunstanciada se advierte...
Artículo 115.- Concluido el término para presentar los alegatos, el...
Artículo 116.- Cuando del programa de inspección y vigilancia a...
Artículo 117.- En los casos en que se imponga como...
Artículo 118.- A solicitud del interesado, una vez subsanada la...
Artículo 119.- En los casos que mediante resolución se determine...
Artículo 120.- El SNICS podrá suspender o revocar los certificados,...
Artículo 121.- Los interesados afectados por los actos y resoluciones...
Artículo 122.- El plazo para interponer el recurso de revisión...