Artículo 3.- La Secretaría se coordinará con las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con los gobiernos de las entidades federativas y municipios, para fortalecer la investigación, producción, calificación, conservación, abasto, uso y comercio de semillas.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas