CAPÍTULO XI
Artículo 105.- El SNICS realizará los actos de inspección y...
Artículo 106.- Toda persona relacionada con actividades de producción, reproducción,...
Artículo 107.- Para practicar la visita de verificación, el personal...
Artículo 108.- El SNICS podrá solicitar el auxilio de la...
Artículo 109.- En toda visita de verificación se harán constar...
Artículo 110.- La persona con quien se entendió la diligencia,...
Artículo 111.- Concluida la inspección, se procederá a firmar el...
Artículo 112.- Si la persona con quien se entendió la...
Artículo 113.- En cuanto a requisitos y formalidades en las...
Artículo 114.- Si del resultado del acta circunstanciada se advierte...
Artículo 115.- Concluido el término para presentar los alegatos, el...
Artículo 116.- Cuando del programa de inspección y vigilancia a...
Artículo 117.- En los casos en que se imponga como...
Artículo 118.- A solicitud del interesado, una vez subsanada la...
Artículo 119.- En los casos que mediante resolución se determine...
Artículo 120.- El SNICS podrá suspender o revocar los certificados,...