Artículo 28. La clave presupuestaria constituirá el instrumento para la integración, el registro y control de las afectaciones presupuestarias al Presupuesto de Egresos, y que comprenden el ejercicio, los compromisos, el devengado, los pagos, las ministraciones de fondos, los reintegros, las operaciones que signifiquen cargos y abonos a los presupuestos sin que exista erogación material de fondos, así como las adecuaciones presupuestarias y, en general, todas las afectaciones a los presupuestos autorizados.
La clave presupuestaria reflejará los componentes a que se refieren los artículos 4; 25, último párrafo; 27, y 28 de la Ley. Dicha clave será de observancia obligatoria para las dependencias y entidades y servirá de base para los registros de todas las etapas del proceso presupuestario y de los registros contables.
Párrafo reformado DOF 05-09-2007
Para homogeneizar y sistematizar el registro de los componentes que integran la clave presupuestaria, la Secretaría por conducto de la unidad administrativa responsable de la política y del control presupuestario, emitirá las disposiciones correspondientes durante el proceso de programación y presupuestación observando los componentes siguientes:
I. Administrativos: comprende a los ejecutores de gasto en términos de ramos presupuestarios y unidades responsables, con base en lo dispuesto en el artículo 23 de este Reglamento;
II. Programáticos: comprende la función, subfunción, programa, actividad institucional, proyecto y entidad federativa y demás categorías que faciliten el examen del Presupuesto de Egresos, y
III. Económicos: comprende el objeto de gasto conforme al Clasificador por objeto del gasto; la naturaleza económica y su identificación con la fuente de recursos, y las demás que se establezcan para efectos de su registro e integración contable.
Párrafo adicionado DOF 05-09-2007
SECCIÓN VII
Del nivel de desagregación del proceso presupuestario
Structure Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo reformado dof 25-04-2014
Artículo adicionado dof 05-09-2007 sección II del sistema
Artículo adicionado dof 05-09-2007
Artículo adicionado dof 05-09-2007
Artículo adicionado dof 04-09-2009
Artículo adicionado dof 31-10-2014 sección IV de los
Artículo adicionado dof 04-09-2009
Artículo adicionado dof 04-09-2009
Artículo adicionado dof 25-04-2014
Artículo reformado dof 05-09-2007, 04-09-2009, 25-04-2014, 31-10-2014
Artículo adicionado dof 05-09-2007
Artículo reformado dof 05-09-2007
Artículo reformado dof 04-09-2009
Artículo reformado dof 05-09-2007, 04-09-2009 sección III del
Artículo derogado dof 05-11-2012
Artículo reformado dof 05-09-2007
Artículo reformado dof 04-09-2009, 25-04-2014
Artículo reformado dof 05-09-2007, 25-04-2014
Artículo reformado dof 05-09-2007
Artículo reformado dof 27-01-2020
Artículo reformado dof 05-09-2007, 04-09-2009
Capítulo derogado dof 05-09-2007
Artículo derogado dof 05-09-2007
Capítulo derogado dof 05-09-2007
Título derogado dof 25-04-2014
Capítulo derogado dof 25-04-2014
Artículo derogado dof 25-04-2014
Artículo reformado dof 05-09-2007
Artículo reformado dof 04-09-2009, 30-03-2016
Artículo reformado dof 05-09-2007, 04-09-2009, 25-04-2014
Artículo adicionado dof 30-03-2016
Artículo reformado dof 25-04-2014, 30-03-2016
Artículo adicionado dof 04-09-2009