CAPÍTULO IX
Artículo 124. Para que las dependencias y entidades lleven a...
Artículo 125. Para efectuar el pago de las remuneraciones al...
Artículo 126. La Secretaría y la Función Pública, en el...
Artículo 127. Las dependencias y entidades deberán mantener actualizados sus...
Artículo 128. La Secretaría, contando con la opinión de la...
Artículo 129. El impuesto local al pago de nóminas se...
Artículo 130. La Secretaría, por lo que respecta a las...
Artículo 130 A. Los sistemas complementarios de seguridad social que,...
Artículo 131. Cuando se trate de realizar actividades o funciones...
Artículo 132. Las dependencias deberán efectuar el pago de remuneraciones...
Artículo 133. Las dependencias deberán establecer los mecanismos necesarios para...
Artículo 134. Las entidades apoyadas en materia de servicios personales...
Artículo 135. El sistema de control presupuestario de los servicios...
Artículo 136. Cuando alguna persona pretenda ingresar a prestar sus...
Artículo 137. Para percibir remuneraciones con cargo al presupuesto por...
Artículo 138. Será compatible el desempeño de dos o más...
Artículo 139. Las dependencias y entidades serán responsables de comprobar...
Artículo 140. Los órganos internos de control de las dependencias...
Artículo 141. De conformidad con las disposiciones generales que al...
Artículo 142. Las dependencias y entidades deberán mantener actualizado sus...
Artículo 143. El pago de las remuneraciones a los agregados...
Artículo 144. El pago de las remuneraciones al personal del...