Artículo 106. Las adecuaciones presupuestarias que deriven de operaciones de control presupuestario se aplicarán conforme a lo siguiente:
Párrafo reformado DOF 04-09-2009
I. Podrán traspasarse recursos de otros ramos y entidades al ramo general correspondiente a provisiones salariales y económicas, con el fin de apoyar el cumplimiento de los objetivos de los programas autorizados en el Presupuesto de Egresos;
II. Los recursos del ramo general correspondiente a provisiones salariales y económicas podrán ser traspasados a otros ramos, conforme a los propósitos de cada uno de los programas en él contenidos y las disposiciones aplicables;
III. Las erogaciones adicionales con cargo a ingresos excedentes de los ramos se podrán autorizar a través del ramo general correspondiente a provisiones salariales y económicas;
IV. Las operaciones que se realicen con motivo de cierre presupuestario, incluyendo aquéllas que sustenten la fuente de financiamiento para programas especiales conforme a las disposiciones aplicables, así como las adecuaciones presupuestarias requeridas para la presentación de la Cuenta Pública, podrán ser autorizadas por la Secretaría, y
V. Las adecuaciones presupuestarias de reserva o liberación que realice la Secretaría directamente o, en su caso, a solicitud de las dependencias y entidades afectando las disponibilidades presupuestarias en los ramos presupuestarios correspondientes podrán canalizarse al ramo general relativo a provisiones salariales y económicas. Tratándose de las entidades apoyadas, la Secretaría podrá determinar que los recursos reservados se enteren a la Tesorería, para lo cual se realizarán las adecuaciones presupuestarias que correspondan en el presupuesto de flujo de efectivo.
La Secretaría por conducto de la unidad administrativa responsable de la política y del control presupuestario podrá determinar el fin específico al que deban destinarse los recursos provenientes de las adecuaciones presupuestarias de reserva a que se refiere la fracción V de este artículo.
Párrafo adicionado DOF 05-09-2007
SECCIÓN II
De las afectaciones presupuestarias inherentes al cierre presupuestario
Structure Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo reformado dof 25-04-2014
Artículo adicionado dof 05-09-2007 sección II del sistema
Artículo adicionado dof 05-09-2007
Artículo adicionado dof 05-09-2007
Artículo adicionado dof 04-09-2009
Artículo adicionado dof 31-10-2014 sección IV de los
Artículo adicionado dof 04-09-2009
Artículo adicionado dof 04-09-2009
Artículo adicionado dof 25-04-2014
Artículo reformado dof 05-09-2007, 04-09-2009, 25-04-2014, 31-10-2014
Artículo adicionado dof 05-09-2007
Artículo reformado dof 05-09-2007
Artículo reformado dof 04-09-2009
Artículo reformado dof 05-09-2007, 04-09-2009 sección III del
Artículo derogado dof 05-11-2012
Artículo reformado dof 05-09-2007
Artículo reformado dof 04-09-2009, 25-04-2014
Artículo reformado dof 05-09-2007, 25-04-2014
Artículo reformado dof 05-09-2007
Artículo reformado dof 27-01-2020
Artículo reformado dof 05-09-2007, 04-09-2009
Capítulo derogado dof 05-09-2007
Artículo derogado dof 05-09-2007
Capítulo derogado dof 05-09-2007
Título derogado dof 25-04-2014
Capítulo derogado dof 25-04-2014
Artículo derogado dof 25-04-2014
Artículo reformado dof 05-09-2007
Artículo reformado dof 04-09-2009, 30-03-2016
Artículo reformado dof 05-09-2007, 04-09-2009, 25-04-2014
Artículo adicionado dof 30-03-2016
Artículo reformado dof 25-04-2014, 30-03-2016
Artículo adicionado dof 04-09-2009