ARTÍCULO 63.- Como resultado de la evaluación institucional, la Secretaría y la Dirección y Rectoría girarán las directivas para alcanzar los objetivos específicos y las metas, previstas en la Planeación Institucional y para hacer eficiente la administración y conducción del proceso educativo.
Los directores de las Instituciones Educativas y Jefaturas de Cursos aplicarán las directivas a que se refiere el párrafo precedente.
Structure Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos