ARTÍCULO 58.- Para alcanzar los objetivos del proceso de evaluación institucional coadyuvarán, entre otras, los organismos siguientes:
I. El Estado Mayor de la Defensa Nacional;
II. La Inspección y Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea;
III. La Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana, y
IV. Las direcciones generales de las Armas y los Servicios.
Structure Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos