TÍTULO SEGUNDO
ARTÍCULO 7.- La infraestructura de las Instituciones Educativas estará provista...
ARTÍCULO 8.- La creación y apertura de otras Instituciones Educativas,...
ARTÍCULO 9.- El Sistema establecerá lo necesario para proveer a...
ARTÍCULO 10.- El personal de las Instituciones Educativas debe cumplir...
ARTÍCULO 11.- Se considera discente al personal nacional y extranjero,...
ARTÍCULO 12.- Para los efectos de la preparación profesional, establecidos...
ARTÍCULO 13.- Los discentes gozarán de todos los beneficios que...
ARTÍCULO 14.- Los discentes becarios, sin detrimento del cumplimiento de...
ARTÍCULO 15.- Los discentes de las Instituciones Educativas se clasifican...
ARTÍCULO 16.- Los discentes que causen baja de la Institución...
ARTÍCULO 17.- Se considera docente al personal militar y civil,...
ARTÍCULO 18.- El personal militar, para desempeñar funciones docentes, deberá...
ARTÍCULO 19.- El personal militar, para desempeñar funciones de instructor...
ARTÍCULO 20.- El personal civil que solicite desempeñar funciones docentes...
ARTÍCULO 21.- Los Directores de las Instituciones Educativas y Jefes...
ARTÍCULO 22.- La Dirección y Rectoría emitirá los nombramientos de...
ARTÍCULO 23.- Los docentes civiles, además de lo señalado en...
ARTÍCULO 24.- Los docentes civiles se regirán por las disposiciones...
ARTÍCULO 25.- El personal militar nacional o extranjero, designado como...
ARTÍCULO 26.- La calidad y cantidad del personal docente debe...
ARTÍCULO 27.- La Dirección y Rectoría es responsable de la...
ARTÍCULO 28.- Los cambios de adscripción del personal docente, preferentemente,...
ARTÍCULO 29.- Los directores de las Instituciones Educativas y Jefes...
ARTÍCULO 30.- Las Instituciones Educativas deberán integrar y mantener actualizado...
ARTÍCULO 31.- Se considera personal de apoyo a la educación,...
ARTÍCULO 32.- La cantidad y especialidad del personal de apoyo...
ARTÍCULO 33.- Las autoridades del Sistema, son: I. El Secretario;...
ARTÍCULO 34.- El Secretario es el responsable de la educación...
ARTÍCULO 35.- El Secretario ejerce la conducción del Sistema a...
ARTÍCULO 36.- El Director y Rector, deberá ser General procedente...
ARTÍCULO 37.- El Director y Rector tiene las atribuciones siguientes:...
ARTÍCULO 38.- Los directores de las Instituciones Educativas serán Generales...
ARTÍCULO 39.- Los directores de las Instituciones Educativas, además de...
ARTÍCULO 40.- Los Jefes de Curso dependientes de las Direcciones...
ARTÍCULO 41.- Los Jefes de Curso dependerán técnicamente del organismo...
ARTÍCULO 42.- El Plan General es el instrumento de planeación...
ARTÍCULO 43.- Con fundamento en el Plan General, se elaborará...
ARTÍCULO 44.- Las Instituciones Educativas son organismos integrantes del Sistema,...
ARTÍCULO 45.- Las Instituciones Educativas y Jefaturas de Curso impartirán...
ARTÍCULO 46.- Las Instituciones Educativas que integran el Sistema, son:...
ARTÍCULO 47.- Corresponde a la Dirección y Rectoría la organización,...
ARTÍCULO 48.- La Dirección y Rectoría implementará los estudios y...
ARTÍCULO 49.- La Dirección y Rectoría proporcionará la capacitación necesaria...
ARTÍCULO 50.- La Dirección y Rectoría, de conformidad con el...
ARTÍCULO 51.- La Dirección y Rectoría implementará los cursos básicos...
ARTÍCULO 51 BIS.- La Dirección y Rectoría implementará un curso...
ARTÍCULO 52.- Los organismos podrán proponer a la Dirección y...
ARTÍCULO 53.- La Dirección y Rectoría realizará el dictamen de...