ARTÍCULO 167.- La Dirección y Rectoría es el órgano responsable de la investigación en el Sistema de conformidad con el Plan de Investigación, en donde se establecen los objetivos, así como las líneas de investigación respectivas, llevando el registro y control de dichas actividades.
Las investigaciones que se realicen en el Sistema serán:
I. Por convocatoria:
Anualmente se difundirá una convocatoria en la que se establecerán los proyectos de investigación institucional, invitando a participar a los integrantes del Sistema para la materialización de dichos proyectos en las áreas humanística, científica, tecnológica y militar;
II. A través de trabajos de tesis:
La investigación de los temas de tesis aprobados se desarrollará por los discentes como parte de su examen profesional y de conformidad con el Reglamento de cada Institución Educativa.
III. En cada Institución Educativa y Jefatura de Curso:
Se realizarán en forma permanente actividades de investigación para mantenerse actualizadas pedagógica y académicamente, así como para incorporar los avances humanísticos, científicos, tecnológicos y militares al contenido de las asignaturas que comprendan sus planes y programas de estudio, y de doctrina militar objeto de su estudio.
IV. Otras que establezca la Secretaría.
Structure Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos