ARTÍCULO 113.- La Secretaría, a propuesta de la Dirección y Rectoría, determinará los perfiles de ingreso que deberá reunir el personal de aspirantes nacionales y extranjeros a las Instituciones Educativas y Cursos que impartan las Jefaturas, debiendo estar contenidos en las convocatorias respectivas.
Structure Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos