ARTICULO 8o.- Los exámenes para aspirante se realizarán de conformidad con las siguientes bases:
I.- Las preguntas deberán estar redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, y versar sobre cuestiones teóricas y prácticas de relevancia y actualidad en la materia;
II.- Deberán ser formulados por licenciados en derecho con título legalmente expedido y aprobados por el titular de la Dirección General competente de la Secretaría;
III.- Deberán contener el número de preguntas suficientes para realizar una evaluación general de los conocimientos del sustentante en materia jurídica con énfasis en derecho mercantil en general, de fe pública, intermediación, mediación, valuación y arbitraje;
IV.- El examen podrá ser elaborado y presentado mediante el uso de los medios electrónicos que establezca la Secretaría, y
V.- La Secretaría podrá solicitar la intervención de los Colegios de Corredores Públicos, en su caso, para la elaboración y desarrollo de los exámenes.
La Secretaría elaborará cuando menos cinco cuestionarios, los cuales deberán renovarse por periodos mínimos de cuatro meses.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública