ARTICULO 80.- El recurso de revisión procederá en contra de las resoluciones de la Secretaría dictadas con fundamento en la Ley y este reglamento.
Para la sustanciación del referido recurso, se estará en lo conducente a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
En tratándose de multas, será optativo para el interesado interponer el recurso de revisión o acudir directamente ante el Tribunal Fiscal de la Federación.
El recurso de revisión será resuelto por el superior jerárquico del funcionario que emitió la resolución.
Structure Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública