Artículo 14. Las Autoridades Normalizadoras solicitarán a la Comisión la creación o eliminación de Comités Mexicanos.
La Comisión deberá aprobar o rechazar las solicitudes de creación o eliminación de Comités Mexicanos, de acuerdo con los requisitos y el procedimiento previstos
Structure Ley de Infraestructura de la Calidad