Artículo 137. El Premio Nacional de Calidad otorgado por la Secretaría tiene por objeto reconocer y premiar anualmente el esfuerzo y logros de los fabricantes, productores, comercializadores y responsables de bienes, productos, procesos y servicios, para mejorarlos constantemente, procurando la calidad, así como el cumplimiento con las Normas Oficiales Mexicanas y los Estándares obligatorios.
El procedimiento para la selección de los acreedores al Premio Nacional de Calidad, la forma de usarlo y las demás prevenciones que sean necesarias, las establecerá el Reglamento de esta Ley.
Structure Ley de Infraestructura de la Calidad