Artículo 2. Al frente de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, habrá un Secretario del Despacho, quien para el desahogo de los asuntos de su competencia se auxiliará de:
A. Unidades Administrativas:
I. Subsecretaría del Trabajo;
II. Subsecretaría de Empleo y Productividad Laboral;
III. Unidad de Administración y Finanzas;
IV. Unidad de Trabajo Digno:
a) Direcciones de Coordinación Regional;
V. Unidad de Política Laboral y Relaciones Institucionales:
a) Dirección General de Políticas Públicas y Órganos de Gobierno, y
b) Dirección General de Relaciones Institucionales;
VI. Unidad de Funcionarios Conciliadores:
a) Dirección General de Conciliación A;
b) Dirección General de Conciliación B;
c) Dirección General de Convenciones, y
d) Dirección General Adjunta de Asistencia Técnica;
VII. Unidad del Servicio Nacional de Empleo:
a) Dirección General Adjunta del Servicio Nacional de Empleo;
VIII. Unidad del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro:
a) Dirección General de Asistencia Territorial;
b) Dirección General de Operación e Innovación, y
c) Dirección General de Evaluación, Vinculación y Desarrollo de Habilidades;
IX. Dirección General de Asuntos Jurídicos:
a) Dirección de lo Contencioso:
1. Subdirección de Procedimientos Administrativos, y
2. Subdirección de Procedimientos Judiciales;
b) Dirección de Legislación;
c) Dirección de Evaluación, Rendición de Cuentas y Responsabilidad Pública, y
d) Dirección de Consultas;
X. Dirección General de Inspección Federal del Trabajo:
a) Dirección de Inspección;
b) Dirección de Supervisión y Seguimiento de la Inspección del Trabajo;
c) Inspectores Federales del Trabajo Calificados, e
d) Inspectores Federales del Trabajo;
XI. Dirección General de Registro de Asociaciones:
a) Dirección de Registro y Actualización:
1. Subdirección de Actualización y Orientación;
2. Subdirección de Verificación, Validación y Registro Sindical, y
3. Subdirección de Verificación Normativa, y
b) Dirección de Estadística Sindical;
XII. Dirección General de Concertación y Capacitación Laboral;
XIII. Dirección General de Investigación y Estadísticas del Trabajo;
XIV. Dirección General de Previsión Social;
XV. Dirección General de Programación y Presupuesto;
XVI. Dirección General de Recursos Humanos;
XVII. Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales;
XVIII. Dirección General de Tecnologías de la Información, y
XIX. Oficinas de Representación Federal del Trabajo;
B. Órgano Administrativo Desconcentrado, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, y
C. Unidades subalternas, las que deberán figurar en su estructura autorizada, cuya adscripción y funciones serán establecidas en el Manual de Organización General de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y, en su caso, en los manuales de organización específicos de sus unidades administrativas y órgano administrativo desconcentrado de dicha Secretaría.
Asimismo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social contará con los directores generales, directores, subdirectores, jefes de departamento, y demás servidores públicos que se requieran para el ejercicio de sus funciones y sean autorizados conforme a su presupuesto.
Structure Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social