Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Artículo 2

Artículo 2. Al frente de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, habrá un Secretario del Despacho, quien para el desahogo de los asuntos de su competencia se auxiliará de:

A.      Unidades Administrativas:

I.           Subsecretaría del Trabajo;

II.          Subsecretaría de Empleo y Productividad Laboral;

III.         Unidad de Administración y Finanzas;

IV.        Unidad de Trabajo Digno:

a)      Direcciones de Coordinación Regional;

V.         Unidad de Política Laboral y Relaciones Institucionales:

a)      Dirección General de Políticas Públicas y Órganos de Gobierno, y

b)      Dirección General de Relaciones Institucionales;

VI.        Unidad de Funcionarios Conciliadores:

a)      Dirección General de Conciliación A;

b)      Dirección General de Conciliación B;

c)      Dirección General de Convenciones, y

d)      Dirección General Adjunta de Asistencia Técnica;

VII.       Unidad del Servicio Nacional de Empleo:

a)      Dirección General Adjunta del Servicio Nacional de Empleo;

VIII.      Unidad del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro:

a)      Dirección General de Asistencia Territorial;

b)      Dirección General de Operación e Innovación, y

c)      Dirección General de Evaluación, Vinculación y Desarrollo de Habilidades;

IX.        Dirección General de Asuntos Jurídicos:

a)      Dirección de lo Contencioso:

1.      Subdirección de Procedimientos Administrativos, y

2.      Subdirección de Procedimientos Judiciales;

b)      Dirección de Legislación;

c)      Dirección de Evaluación, Rendición de Cuentas y Responsabilidad Pública, y

d)      Dirección de Consultas;

X.         Dirección General de Inspección Federal del Trabajo:

a)      Dirección de Inspección;

b)      Dirección de Supervisión y Seguimiento de la Inspección del Trabajo;

c)      Inspectores Federales del Trabajo Calificados, e

d)      Inspectores Federales del Trabajo;

XI.        Dirección General de Registro de Asociaciones:

a)      Dirección de Registro y Actualización:

1.      Subdirección de Actualización y Orientación;

2.      Subdirección de Verificación, Validación y Registro Sindical, y

3.      Subdirección de Verificación Normativa, y

b)      Dirección de Estadística Sindical;

XII.       Dirección General de Concertación y Capacitación Laboral;

XIII.      Dirección General de Investigación y Estadísticas del Trabajo;

XIV.     Dirección General de Previsión Social;

XV.      Dirección General de Programación y Presupuesto;

XVI.     Dirección General de Recursos Humanos;

XVII.    Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales;

XVIII.   Dirección General de Tecnologías de la Información, y

XIX.     Oficinas de Representación Federal del Trabajo;

B.      Órgano Administrativo Desconcentrado, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, y

C.      Unidades subalternas, las que deberán figurar en su estructura autorizada, cuya adscripción y funciones serán establecidas en el Manual de Organización General de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y, en su caso, en los manuales de organización específicos de sus unidades administrativas y órgano administrativo desconcentrado de dicha Secretaría.

Asimismo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social contará con los directores generales, directores, subdirectores, jefes de departamento, y demás servidores públicos que se requieran para el ejercicio de sus funciones y sean autorizados conforme a su presupuesto.