ARTÍCULO 982.- Para los efectos de este título, dentro de los alimentos preparados deshidratados se encuentran los siguientes grupos:
I. Caldos y consomés;
II. Sopas;
III. Guisos;
IV. Salsas y aderezos, y
V. Otros que se establezcan en la norma correspondiente.
Structure Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios