Artículo 99.- Corresponde a la Dirección de Control y Evaluación:
I. Proponer al Contralor las revisiones que en materia de control y evaluación se deban integrar al programa anual de actividades;
II. Promover con un enfoque preventivo el establecimiento de acciones que coadyuven al mejoramiento y desarrollo administrativo de la gestión del Tribunal;
III. Apoyar y verificar el cumplimiento de las acciones de mejora derivadas de las revisiones de control que realice, así como elaborar los informes que correspondan;
IV. Revisar el cumplimiento de los programas establecidos por las áreas administrativas;
V. Levantar y formalizar actas o minutas para establecer los compromisos de atención a las observaciones derivadas de la evaluación de programas y cumplimiento de disposiciones normativas, para corregir deficiencias y evitar su recurrencia, y
(ADICIONADA, D.O.F. 3 DE ABRIL DE 2014)
VI. Participar en los procesos que se lleven a cabo para la adquisición y arrendamiento de bienes y la contratación de obras y servicios de cualquier naturaleza, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;
(ADICIONADA, D.O.F. 3 DE ABRIL DE 2014)
VII. Intervenir como asesor en los Comités de Adquisiciones, Bienes Muebles y Obras Públicas del Tribunal, así como en los Subcomités y reuniones que deriven de los mismos a que sea convocado el Contralor, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, y
(REFORMADA, D.O.F. 3 DE ABRIL DE 2014)
VIII. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas y el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior.
Structure Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa