Artículo 44.- Corresponde al Jefe del Archivo General:
I. Recibir para su custodia los expedientes de asuntos concluidos de la Sala Superior, del Pleno Jurisdiccional, de las Secciones, de las Salas Regionales con sede en el Distrito Federal, así como aquéllos expedientes que le remitan la Presidencia del Tribunal, la Junta y las áreas administrativas; relacionarlos y mantener su orden, conforme a la normatividad aplicable;
II. Llevar a cabo las gestiones conducentes para la destrucción o envío al Archivo General de la Nación de los expedientes o archivos que se encuentran bajo su resguardo, conforme a los acuerdos de la Junta;
III. Remitir a la brevedad, los expedientes que le sean solicitados por la Sala Superior, el Pleno Jurisdiccional, las Secciones, la Presidencia del Tribunal, la Junta, las Salas Regionales con sede en el Distrito Federal; o bien los archivos que le sean requeridos por las áreas administrativas, que no hayan sido destruidos;
IV. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas o la Junta.
Structure Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa