Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Artículo 33

Artículo 33.- Corresponde a los Secretarios de Acuerdos de Sala Regional:

(REFORMADA, D.O.F. 18 DE ABRIL DE 2012)

I. Recibir las demandas, promociones, oficios, demandas de amparo y revisiones relacionados con los juicios que le sean turnados conforme al Sistema de Control y Seguimiento de Juicios o en el Sistema de Justicia en Línea y sus Subsistemas de Juicio en Línea y de Juicio Tradicional, verificando los datos asentados en dichos Sistemas, a efecto de validar o modificar, cuando se trate de Juicio Tradicional, bajo su personal y estricta responsabilidad, la información anotada previamente por la oficialía de partes y el archivo;

II. Dar cuenta al Magistrado Instructor de todos los escritos, promociones, oficios y demás documentos relacionados con los juicios a su cargo, a más tardar al día siguiente de su recepción;

(REFORMADA, D.O.F. 11 DE NOVIEMBRE DE 2013)

III. Elaborar los acuerdos, proyectos de resolución, engroses, criterios aislados y oficios que requiera la instrucción y resolución de los juicios a su cargo;

(REFORMADA, D.O.F. 21 DE JUNIO DE 2011)

IV. Registrar, verificar y validar en el Sistema de Control y Seguimiento de Juicios, o en el Sistema de Justicia en Línea y sus Subsistemas de Juicio en Línea y de Juicio Tradicional, las promociones, oficios, autos, diligencias, resoluciones y sentencias de los juicios a su cargo;

(REFORMADA, D.O.F. 21 DE JUNIO DE 2011)

V. Auxiliar al Magistrado Instructor con quien estén adscritos, en el desahogo de las audiencias de ley y levantar las actas relativas, aplicando, en su caso, los lineamientos que al respecto emita la Junta para incluir estas actuaciones en el Sistema de Justicia en Línea y en sus Subsistemas de Juicio en Línea y de Juicio Tradicional;

VI. Atender a las partes, así como a los autorizados en el juicio para recibir notificaciones, y a los peritos designados;

(REFORMADA, D.O.F. 21 DE JUNIO DE 2011)

VII. Cuidar bajo su responsabilidad que los expedientes que se tramiten en la vía tradicional, sean cosidos, foliados, sellados y rubricados, al agregarse el documento correspondiente. Esta obligación será aplicable, en lo conducente y en los términos que establezcan los lineamientos que al respecto emita la Junta, a los juicios que se tramiten a través del Sistema de Justicia en Línea;

VIII. Supervisar la entrega al Presidente de la Sala, para su resguardo, de todos los valores exhibidos en juicios;

(REFORMADA, D.O.F. 21 DE JUNIO DE 2011)

IX. Permitir, bajo su más estricta responsabilidad, la consulta de expedientes que se tramitan en la vía tradicional, a las personas autorizadas que sean parte. Los Secretarios de Acuerdos deberán estar presentes durante el tiempo de la consulta, a fin de evitar la pérdida o sustracción de las actuaciones, pruebas o cualesquiera documentos;

X. Supervisar el uso de los sellos de la Sala, que estén bajo su cargo;

(REFORMADA, D.O.F. 21 DE JUNIO DE 2011)

XI. Vigilar la correcta depuración de los expedientes de la mesa correspondiente a la ponencia de su adscripción, y en el caso de los Secretarios de Acuerdos de Salas Regionales con sede en el Distrito Federal, verificar que los expedientes tramitados en la vía tradicional que se encuentren totalmente concluidos, se remitan al Archivo General conforme a la normatividad aplicable;

XII. Certificar la fecha en que haya quedado firme una sentencia emitida por la Sala Regional, cuando deba cumplirse en el plazo a que se refiere el artículo 52 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo;

XIII. Dar cuenta al Presidente de la Sala Regional de que procede requerir a la autoridad demandada, para que informe sobre el cumplimiento dado a una sentencia emitida por la Sala Regional, una vez transcurrido el plazo mencionado en la fracción anterior;

(REFORMADA, D.O.F. 21 DE JUNIO DE 2011)

XIV. Certificar la firmeza de una sentencia emitida por la Sala Regional, a solicitud de parte interesada;

(REFORMADA, D.O.F. 18 DE ABRIL DE 2012)

XV. Cuando tenga conocimiento de que los juicios que se tramitan a través del Sistema de Justicia en Línea fueron modificados, alterados, destruidos o que en ellos se provocó la pérdida de información, avisará de inmediato al Magistrado Instructor;

(ADICIONADA, D.O.F. 18 DE ABRIL DE 2012)

XVI. Revisar y registrar, cuando así proceda, los documentos que acrediten la personalidad y representación de las partes en los juicios que se tramiten y que sean presentados en la Oficialía de Partes y en el Módulo de Registro de las Salas ubicadas en la Región a la que esté adscrito y hecho lo anterior, remitir la documentación respectiva a la Secretaría General de Acuerdos en el caso de las Salas Regionales Metropolitanas o al Coordinador o Presidente de las Salas Regionales con sede distinta al Distrito Federal, en los casos en que sea designado para tal efecto por estos últimos, y

XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas aplicables.

Structure Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Capítulo I

Artículo 1

Artículo 2

Artículo 3

Artículo 4

Artículo 5

Artículo 6

Artículo 7

Artículo 8

Artículo 9

Artículo 10

Artículo 11

Capítulo II

Artículo 12

Artículo 13

Artículo 14

Artículo 15

Artículo 15 bis

Capítulo III

Artículo 16

Capítulo IV

Artículo 17

Artículo 18

Capítulo V

Artículo 19

Artículo 20

Capítulo VI

Artículo 21

Artículo 22

Artículo 23

Artículo 23-bis

Artículo 24

Artículo 25

Artículo 26

Artículo 27

Artículo 28

Artículo 29

Artículo 30

Artículo 31

Artículo 32

Artículo 33

Artículo 34

Artículo 35

Artículo 36

Capítulo VII

Artículo 37

Artículo 38

Artículo 39

Artículo 40

Artículo 41

Artículo 42

Artículo 43

Artículo 44

Artículo 45

Capítulo VIII

Artículo 46

Artículo 47

Artículo 48

Artículo 49

Artículo 50

Artículo 51

Artículo 52

Artículo 53

Artículo 54

Artículo 55

Artículo 56

Artículo 57

Artículo 58

Capítulo IX

Artículo 59

Artículo 60

Capítulo X

Artículo 61

Artículo 62

Artículo 63

Capítulo XI

Artículo 64

Artículo 65

Capítulo XII

Artículo 66

Capítulo XIII

Artículo 67

Artículo 68

Capítulo XIV

Artículo 69

Artículo 70

Artículo 71

Capítulo XV

Artículo 72

Artículo 73

Artículo 74

Capítulo XVI

Artículo 75

Artículo 76

Artículo 77

Artículo 78

Capítulo XVII

Artículo 79

Artículo 80

Artículo 81

Artículo 82

Artículo 83

Artículo 84

Artículo 85

Artículo 86

Artículo 87

Artículo 88

Artículo 89

Capítulo XVIII

Artículo 90

Artículo 91

Artículo 92

Artículo 93

Capítulo XIX

Artículo 94

Artículo 95

Artículo 96

Artículo 97

Artículo 98

Artículo 99

Artículo 100

Capítulo XX

Artículo 101

Artículo 102

Capítulo XXI

Artículo 103

Artículo 104

Artículo 105