Artículo 98.- Corresponde a la Dirección de Quejas, Denuncias y Responsabilidades:
I. Recibir las quejas o denuncias que se presenten en contra de los servidores públicos establecidos en las fracciones XI a XIII y último párrafo del artículo 3, de la Ley, y realizar las investigaciones que correspondan;
II. Instruir y resolver los procedimientos disciplinarios derivados con motivo del incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos establecidos en las fracciones XI a XIII, y último párrafo del artículo 3, de la Ley;
III. Acordar con el Contralor la resolución de los asuntos relevantes a su cargo;
IV. Recibir los recursos que se promuevan en contra de las resoluciones que emita, y someterlos a la consideración del Contralor para su resolución en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
(REFORMADA, D.O.F. 3 DE ABRIL DE 2014)
V. Recibir, instruir y resolver las inconformidades interpuestas por los actos que contravengan las disposiciones jurídicas en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, de obra pública y servicios relacionados con la misma;
(ADICIONADA, D.O.F. 3 DE ABRIL DE 2014)
VI. Iniciar, instruir y resolver el procedimiento de intervenciones de oficio, si así lo considera conveniente por presumir la inobservancia de las disposiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;
(ADICIONADA, D.O.F. 3 DE ABRIL DE 2014)
VII. Tramitar, instruir y resolver los procedimientos administrativos correspondientes e imponer las sanciones a los licitantes, proveedores y contratistas en los términos de las disposiciones jurídicas en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma;
(ADICIONADA, D.O.F. 3 DE ABRIL DE 2014)
VIII. Tramitar los procedimientos de conciliación en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma derivados de las solicitudes de conciliación que presenten los proveedores o contratistas por incumplimiento a los contratos celebrados o a los pedidos formulados por el Tribunal;
Para efecto de lo anterior, podrán emitir todo tipo de acuerdos, así como presidir y conducir las sesiones de conciliación y lleva (sic) a cabo las diligencias, requerimientos, citaciones, notificaciones y prevenciones a que haya lugar;
(REFORMADA, D.O.F. 3 DE ABRIL DE 2014)
IX. Hacer del conocimiento de la Junta y de la Unidad de Asuntos Jurídicos los hechos de que tenga conocimiento y que puedan ser constitutivos de delitos imputables a los servidores públicos establecidos en las fracciones XI a XIII y último párrafo del artículo 3 de la Ley, y
(REFORMADA, D.O.F. 3 DE ABRIL DE 2014)
X. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas y el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior.
Structure Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa