Artículo 58.- La Junta se basará en los elementos objetivos y datos estadísticos sobre el desempeño del cargo que consigne el Subsistema de Información Estadística a que se refiere el artículo anterior, cuando realice la evaluación interna de los servidores públicos que le requiera el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior para los efectos del artículo 18, fracción V, de la Ley. Asimismo, atenderá los antecedentes personales, la notoria buena conducta, la compatibilidad con el cargo, la formación académica acreditable y la trayectoria profesional de los servidores públicos evaluados para sustentar los dictámenes correspondientes.
Structure Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa