Artículo 23-Bis.- El Tribunal contará con las Salas Auxiliares siguientes, cuya denominación y sede serán:
(REFORMADA, D.O.F. 3 DE JUNIO DE 2013)
I. Primera Sala Auxiliar, con sede en la Ciudad de México, Distrito Federal.
N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DE LA PRESENTE FRACCIÓN, VÉASE ARTÍCULO TRANSITORIO PRIMERO DEL ACUERDO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO.
II. (DEROGADA, D.O.F. 18 DE SEPTIEMBRE DE 2012)
N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DE LA PRESENTE FRACCIÓN, VÉASE TRANSITORIO PRIMERO DEL ACUERDO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO.
(ADICIONADO, D.O.F. 1 DE FEBRERO DE 2012)
III. Tercera Sala Auxiliar, con sede en la Ciudad de Torreón, Estado de Coahuila.
N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE PÁRRAFO, VÉASE TRANSITORIO PRIMERO DEL ACUERDO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO.
(ADICIONADO, D.O.F. 1 DE FEBRERO DE 2012)
Dichas Salas auxiliarán en el dictado de las sentencias definitivas, incluso en la instancia de aclaración y en el cumplimiento de ejecutorias del Poder Judicial de la Federación, cuando corresponda a sentencias dictadas por ellas mismas, en los juicios instruidos por las Salas Regionales que se determinen por el Pleno de la Sala Superior en su integración de once Magistrados, en términos de lo establecido por el artículo 18, fracción X, de la Ley.
(ADICIONADA, D.O.F. 8 DE ENERO DE 2013) (F. DE E., D.O.F. 18 DE ENERO DE 2013)
IV. Cuarta Sala Auxiliar, con sede en la ciudad de Victoria de Durango, Estado de Durango, que será la Sala Regional del Norte-Centro III, sin perjuicio de la competencia que le corresponde para instruir y resolver juicios en su carácter de Sala Regional, conforme a los artículos 21, fracción XXII, y 22, fracción XXII, de este Reglamento, en relación con los diversos 31 y 32 de la Ley.
(ADICIONADA, D.O.F. 3 DE JUNIO DE 2013)
V. Quinta Sala Auxiliar, con sede en la ciudad de Jalapa, Estado de Veracruz.
(ADICIONADA, D.O.F. 3 DE JUNIO DE 2013)
VI. Sexta Sala Auxiliar, con sede en la ciudad de Morelia, Estado de Michoacán, que será la Sala Regional del Pacífico-Centro, sin perjuicio de la competencia que le corresponde para instruir y resolver juicios en su carácter de Sala Regional, conforme a los artículos 21, fracción XXI, y 22, fracción XXI, de este Reglamento, en relación con los diversos 31 y 32 de la Ley.
(ADICIONADA, D.O.F. 21 DE AGOSTO DE 2013)
VII. Séptima Sala Auxiliar, con sede en la ciudad de Zacatecas, Estado de Zacatecas, que será la Sala Regional del Norte-Centro IV, sin perjuicio de la competencia que le corresponde para instruir y resolver juicios en su carácter de Sala Regional, conforme a los artículos 21 fracción XXIII, y 22 fracción XXIII, de este Reglamento, en relación con los diversos 31 y 32 de la Ley.
Structure Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa