Artículo 27. Corresponde a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto:
I. Integrar las propuestas de modificación al Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y elaborar el Manual de Organización General correspondiente, con la participación que corresponda a la Subsecretaría de Administración y Finanzas y la Coordinación General de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos;
II. Proponer y difundir los lineamientos para la elaboración de manuales de organización, de procedimientos, de trámites y de servicios al público de las unidades administrativas centrales y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud, y opinar sobre los de las entidades agrupadas administrativamente al sector, cuando éstas se lo soliciten;
III. Formular recomendaciones orientadas a racionalizar los recursos y las estructuras orgánicas, así como para simplificar los procedimientos operativos de las unidades administrativas centrales y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud, para el desarrollo administrativo y la gestión por proceso, y opinar sobre el funcionamiento de las entidades agrupadas administrativamente en el sector;
IV. Generar y difundir los lineamientos para la integración de las propuestas de modificación estructural de las unidades administrativas de nivel central y paraestatal, así como enviar las estructuras para su autorización y registro a las dependencias globalizadoras correspondientes, con la participación que corresponda a la Subsecretaría de Administración y Finanzas;
V. Emitir el dictamen técnico-funcional de los contratos bajo el régimen de honorarios de las unidades administrativas centrales y órganos administrativos desconcentrados; realizar la gestión de éstos ante las dependencias globalizadoras, así como difundir la normatividad correspondiente en coordinación con la Dirección General de Recursos Humanos;
VI. Coordinar la formulación del proyecto de presupuesto de egresos de la Secretaría y el de los ramos generales contenidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación que le corresponda administrar, mediante el análisis de la información generada en sus programas anuales de trabajo, para ordenar y clasificar los programas y actividades conforme a las prioridades de salud establecidas;
VII. Coordinar el proceso de integración programática de la Secretaría y de los ramos generales contenidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal que le corresponda administrar, en congruencia con los objetivos, programas y fuentes de financiamiento, en el marco de la alineación de recursos con el Sistema de Protección Social en Salud, así como establecer políticas y lineamientos para el efecto;
VIII. Coordinar la integración y calendarización de los objetivos, metas e indicadores presupuestarios de la Secretaría, que permitan evaluar el cumplimiento de los programas y la ejecución del gasto público;
IX. Dar a conocer a las unidades responsables de la Secretaría y a los servicios estatales de salud, su presupuesto autorizado y calendarizado;
X. Derogada.
XI. Formular, integrar y administrar en coordinación con la Dirección General de Recursos Humanos, el presupuesto de servicios personales de la Secretaría de Salud y su calendario de gasto;
XII. Integrar la información correspondiente a la captación de ingresos y de los tabuladores de cuotas de recuperación de las áreas centrales, órganos administrativos desconcentrados y entidades agrupadas administrativamente en el sector por concepto de derechos, productos y aprovechamientos para su incorporación al proyecto de Ley de Ingresos de la Federación;
XIII. Registrar y actualizar la cartera de programas y proyectos de inversión a cargo de las diferentes unidades responsables de la Secretaría de Salud, así como integrar e informar sobre su avance físico y financiero;
XIV. Someter al Titular de la Subsecretaría de Administración y Finanzas la liberación de los oficios de inversión, así como la certificación de los ingresos excedentes por concepto de derechos, productos y aprovechamientos generados por las unidades administrativas centrales y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría;
XV. Administrar el presupuesto de las unidades administrativas centrales y órganos administrativos desconcentrados, así como coordinar el de las entidades agrupadas administrativamente en el sector, de conformidad con las disposiciones aplicables;
XVI. Operar el Sistema Integral de Administración Financiera Federal en la Secretaría, de conformidad con la normatividad aplicable;
XVII. Administrar el Sistema de Contabilidad de la Secretaría y mantener en resguardo la documentación contable comprobatoria de las operaciones financieras, de conformidad con las disposiciones aplicables;
XVIII. Integrar y validar la información financiera de las unidades administrativas centrales y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría y de las entidades agrupadas administrativamente en el sector para realizar la gestión institucional y gubernamental;
XIX. Distribuir el fondo rotatorio a las unidades administrativas de la Secretaría de Salud y vigilar su ejercicio, de conformidad con la normatividad aplicable;
XX. Integrar la información que deba incorporarse al Sistema Integral de Información de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, y vigilar su cumplimiento en las unidades administrativas centrales y órganos administrativos desconcentrados, así como de las entidades agrupadas administrativamente en el sector;
XXI. Proponer los procedimientos generales y establecer las medidas necesarias que propicien la mejora del control interno en materia de programación, organización y presupuesto, de aplicación para las unidades administrativas de la Secretaría de Salud y órganos administrativos desconcentrados, así como de las entidades agrupadas administrativamente en el sector, que impulsen el mejor aprovechamiento de dichos recursos y que permitan garantizar una adecuada rendición de cuentas, y
XXII. Proponer los procedimientos generales y establecer las medidas necesarias que generen la mejora continua de la gestión en materia de programación, organización y presupuesto, de aplicación para las unidades administrativas de la Secretaría de Salud y órganos administrativos desconcentrados, así como de las entidades agrupadas administrativamente en el sector, para el adecuado desarrollo del encargo y su evaluación.
Structure Reglamento Interior de la Secretaría de Salud