Artículo 3-A.- Las solicitudes o promociones relacionadas con la prestación de los servicios, derechos y obligaciones que se establecen en la Ley y este Reglamento, con excepción de aquellos que se realicen directamente en ventanillas o se depositen en los buzones, deberán presentarse por escrito, firmadas por el promovente o su representante legal y contendrán los siguientes requisitos:
I. Nombre, denominación o razón social del solicitante;
II. Nombre del representante legal, en su caso;
III. Clave del Registro Federal de Contribuyentes del promovente;
IV. Domicilio y nombre de la persona o personas autorizadas para recibir notificaciones;
V. Unidad administrativa del organismo a quien se dirige la petición;
VI. La petición que se formula;
VII. Los hechos y razones que dan motivo a la petición;
VIII. Lugar y fecha de emisión del escrito correspondiente;
IX. Números de teléfono, fax y correo electrónico (opcional);
X. Documento que acredite la existencia de la persona moral, en su caso;
XI. Documento que acredite la personalidad del representante legal, en su caso, que realice el trámite, y
XII. Los demás específicos que para cada trámite o solicitud se establezcan en la Ley; en el presente reglamento o en las disposiciones administrativas aplicables.
Los plazos de respuesta previstos en este reglamento, empezarán a correr a partir de la recepción de la solicitud o promoción por la unidad administrativa competente. En caso de que no se señale expresamente el plazo de respuesta para algún trámite determinado, se considerará como plazo máximo de respuesta el de 20 días hábiles.
Structure Reglamento para la Operación del Organismo Servicio Postal Mexicano