Artículo 55. Del Titular de la Unidad.
La Unidad está a cargo de su Titular, quien contará con un nivel cuando menos de Director General de conformidad con el Manual de Percepciones de la Cámara. El Titular de la Unidad contará con un suplente, quien fungirá como Secretario Ejecutivo del Comité y tendrá el mismo nivel laboral.
La Unidad contará para su funcionamiento con al menos las siguientes Direcciones de Área:
a) De Atención a Solicitudes y Recursos de Revisión;
b) De Transparencia, Coordinación Interinstitucional, Normatividad y Capacitación;
c) De Datos Personales, Archivo y Gestión Documental.
La Secretaría Ejecutiva del Comité contará para su funcionamiento con al menos la siguiente Dirección de Área:
a) De Enlace y Atención de los asuntos encomendados al Comité de Transparencia, a cargo de su Secretario Ejecutivo.
Las citadas direcciones contarán con las Subdirecciones, Jefaturas de Departamento y personal administrativo necesarios para el mejor desarrollo de sus actividades.
Structure Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.