ARTÍCULO 55.- Cuando un Comandante, Director o Jefe de Organismo resuelva favorablemente una Solicitud de Renovación del Contrato de Enganche, realizará las siguientes acciones:
(REFORMADA, D.O.F. 4 DE JULIO DE 2012)
I. Ordenará y supervisará que la Renovación se formalice al día siguiente del vencimiento del Contrato de Enganche;
(REFORMADA, D.O.F. 4 DE JULIO DE 2012)
II. Informará a la Dirección del Arma o Servicio la fecha de renovación del Contrato de Enganche, remitiéndole copia del mismo, y
III. Integrará el original en el expediente de cuerpo del interesado.
Structure Reglamento de Reclutamiento de Personal para el Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos