Reglamento de Reclutamiento de Personal para el Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 55

ARTÍCULO 55.- Cuando un Comandante, Director o Jefe de Organismo resuelva favorablemente una Solicitud de Renovación del Contrato de Enganche, realizará las siguientes acciones:

(REFORMADA, D.O.F. 4 DE JULIO DE 2012)

I. Ordenará y supervisará que la Renovación se formalice al día siguiente del vencimiento del Contrato de Enganche;

(REFORMADA, D.O.F. 4 DE JULIO DE 2012)

II. Informará a la Dirección del Arma o Servicio la fecha de renovación del Contrato de Enganche, remitiéndole copia del mismo, y

III. Integrará el original en el expediente de cuerpo del interesado.