ARTÍCULO 54.- La Solicitud de Renovación del Contrato de Enganche deberá hacerse por escrito al Comandante, Director o Jefe del Organismo del que dependa el interesado, misma que será resuelta en el plazo de tres meses, tomando en cuenta sus antecedentes, aptitud y conducta.
El personal de Soldados de arma o servicio, únicamente podrá renovar el Contrato de Enganche hasta en dos ocasiones.
Structure Reglamento de Reclutamiento de Personal para el Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos