ARTÍCULO 12.- Los Comandantes de Región o de Zonas Militares ordenarán a los Organismos bajo su mando que proporcionen los apoyos que requieran las Comisiones Reclutadoras que pertenezcan a otras jurisdicciones para el cumplimiento de su misión.
Structure Reglamento de Reclutamiento de Personal para el Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos