ARTÍCULO 53.- Los Cabos y Soldados de Arma y Servicio que cumplan su Contrato de Enganche por tres años y deseen continuar en el activo, podrán hacerlo mediante la Renovación de su Contrato de Enganche.
Structure Reglamento de Reclutamiento de Personal para el Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos