Artículo 167.- La solicitud para iniciar el procedimiento para el establecimiento de tarifas para el pago de regalías deberá contener:
I. Nombre y domicilio de la sociedad que promueve la solicitud o, en su caso, el de la cámara, grupo o asociación de usuarios, así como el de quien promueve en su nombre y los documentos con que acredite su personalidad;
II. Nombre y domicilio de la cámara, grupo o asociación de usuarios o, en su caso, el de la sociedad o sociedades a quienes resultaría aplicable la tarifa;
III. Forma de explotación, así como la clase de establecimientos para los cuales resultará aplicable la tarifa, y
IV. Consideraciones de hecho y de derecho en que funda la tarifa propuesta, misma que deberá:
a) Basarse en criterios objetivos y determinables mediante una simple operación aritmética;
b) En caso de formas de explotación en las que participen diversas clases de titulares de derechos de autor y derechos conexos, establecer la participación que cada clase de titulares tendrá sobre la tarifa global, y
c) Enunciar los elementos, criterios objetivos o, en su caso, prácticas establecidas que justifiquen el cálculo del pago que deberán hacer las distintas categorías de usuarios a quienes resulte aplicable la tarifa, y
V. Detallar el sistema o forma en que se repartirán a los socios o agremiados las cantidades que recaude la sociedad o, en su caso, la cámara, grupo o asociación de usuarios que se beneficia con la tarifa.
Structure Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor