Artículo 83. Los esquemas de autorregulación vinculante podrán incluir la certificación de los responsables en materia de protección de datos personales.
En caso de que el responsable decida someterse a un procedimiento de certificación, ésta deberá ser otorgada por una persona física o moral certificadora ajena al responsable, de conformidad con los criterios que para tal fin establezcan los parámetros a los que refiere el artículo 43, fracción V de la Ley.
Personas físicas o morales acreditadas
Structure Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares