Artículo 15. El responsable deberá obtener el consentimiento expreso del titular cuando:
I. Lo exija una ley o reglamento;
II. Se trate de datos financieros o patrimoniales;
III. Se trate de datos sensibles;
IV. Lo solicite el responsable para acreditar el mismo, o
V. Lo acuerden así el titular y el responsable.
Solicitud del consentimiento expreso
Structure Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares