Artículo 69. Para efectos de demostrar que la transferencia, sea ésta nacional o internacional, se realizó conforme a lo que establece la Ley y el presente Reglamento la carga de la prueba recaerá, en todos los casos, en el responsable que transfiere y en el receptor de los datos personales.
Transferencias dentro del mismo grupo del responsable
Structure Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares