Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Artículo 68

ARTÍCULO 68. Los documentos que el contador público autorizado elabore con motivo de su revisión y que el patrón deberá presentar al Instituto se integrarán por registro patronal en un solo legajo que contendrá carta de presentación del dictamen, cuaderno de dictamen y anexos.

La carta de presentación se elaborará conforme al formato publicado en el Diario Oficial de la Federación, cuya reproducción podrá realizarse en la forma y términos que señale el Instituto y deberá contener la firma autógrafa del patrón o de su representante legal, así como del contador público autorizado que dictamina.