Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Artículo 26

ARTÍCULO 26. Los patrones deberán determinar el importe de las aportaciones que correspondan de cada uno de sus trabajadores.

Para la determinación y pago del importe de las aportaciones, se deberá utilizar el programa de cómputo que autorice el Instituto. Los patrones que tengan a su servicio de uno a cuatro trabajadores podrán optar por determinar las aportaciones utilizando los formatos de libre reproducción o la cédula de determinación.