Reglamento de Escalafón de la Secretaría de Gobernación
Artículo 8o

ARTÍCULO 8o.

Grupo escalafonario es el conjunto de ramas escalafonarias, cuyas funciones tienen características comunes de tipo general.

Rama escalafonaria es el conjunto de puestos, cuya funciones tienen analogías específicas.

Puesto es una unidad impersonal mediante la cual la Secretaría define y describe tareas, responsabilidades, funciones y atribuciones específicas a la cual se le asigna una retribución acorde con la experiencia, escolaridad, aptitud y condiciones de trabajo al grado de intensidad y calidad con que se lleven a cabo las actividades correspondientes.

A cada puesto se le señalarán uno o varios niveles de salario, de conformidad con la diferente intensidad y calidad del trabajo.

Plaza es la unidad presupuestal que, en número viable, corresponde a cada puesto.