Reglamento de Escalafón de la Secretaría de Gobernación
Artículo 38

ARTÍCULO 38.

Los jefes inmediatos y los representantes sindicales auxiliarán a la Comisión proporcionándole los informes relativos a la iniciativa, laboriosidad y eficiencia de los trabajadores (evaluación del desempeño), en la forma y términos que la propia Comisión los solicite.