CAPÍTULO TERCERO
ARTÍCULO 20. La Comisión Mixta de Escalafón es el órgano...
ARTÍCULO 21. La Comisión Mixta de Escalafón se integrará con...
ARTÍCULO 22. El árbitro decidirá con su voto, los casos...
ARTÍCULO 23. La Comisión contará con un secretario que será...
ARTÍCULO 24. La Comisión se constituirá en pleno para conocimiento...
ARTÍCULO 25. El pleno se integra con las dos representaciones....
ARTÍCULO 26. Las votaciones en los plenos se tomarán por...
ARTÍCULO 27. En los casos de inconformidad de los trabajadores...
ARTÍCULO 28. El pleno designará a los representantes que deban...
ARTÍCULO 29. Las resoluciones de la Comisión obligarán por igual...
ARTÍCULO 30. La Comisión dictará las medidas que estime procedentes...
ARTÍCULO 31. Las promociones ante la Comisión Mixta de Escalafón...
ARTÍCULO 32. La Secretaría, el Sindicato y los trabajadores están...
ARTÍCULO 33. El Titular de la Secretaría proporcionará a la...