ARTÍCULO 1o.
Se denomina escalafón al sistema organizado en la Secretaría de Gobernación para efectuar las promociones de ascenso de los trabajadores de base y autorizar las permutas. Este reglamento contiene el conjunto de normas que determinan y regulan los procedimientos del sistema, con fundamento en lo dispuesto por el título tercero de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y con apoyo en lo relativo a las condiciones generales de trabajo de la propia Secretaría.
Estructura Reglamento de Escalafón de la Secretaría de Gobernación